El Gobierno revisa con las comunidades autónomas el protocolo de actuación de la Guía para prevenir brotes en el sector agrariagrario



Los ministros Agricultura, Pesca y Alimentación, y Sanidad, Luis Planas y Carolina Darias, respectivamente, han mantenido estos días atrás una reunión de trabajo, por videoconferencia, con consejeros y consejeras de las comunidades autónomas para revisar y actualizar las medidas a adoptar en relación al COVID-19 en campañas agrícolas 2021, recogidas en la Guía elaborada hace unos meses para tal fin

 

El objetivo de estos encuentros es avanzar de manera compartida en la planificación de las campañas agrícolas para minimizar la aparición de brotes. Desde que comenzó el seguimiento de brotes, en junio de 2020, hasta el 25 de abril de 2021 (últimos datos disponibles), se han comunicado 5.843 brotes y 48.219 casos asociados al ámbito laboral, de los que 725 brotes con 15.004 casos se han vinculado a trabajadores del sector agrícola. Es decir, que el 12,4 % de los brotes del ámbito laboral y el 31 % de los casos se han producido en el sector agrario.

 

Guía para prevenir y controlar la COVID-19 en las explotaciones agrícolas

En agosto de 2020 se publicó la Guía para la prevención y control de la COVID-19 en las explotaciones agrícolas, coordinada por la Dirección de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y que se ha redactado con la participación de los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Agricultura, Pesca y Alimentación, y también de seis sociedades científicas.

La recolección agrícola se realiza en gran medida mediante la contratación de temporeros en la que hay que extremar las medidas preventivas. La guía se compone de una selección no exhaustiva de recomendaciones y medidas de contención para garantizar la protección de la salud de las personas trabajadoras frente a la exposición al coronavirus SARS-CoV-2 en las explotaciones agrícolas, divididas en varios epígrafes:

Antes de ir al trabajo se recomienda informar a los trabajadores sobre los síntomas que hay que vigilar y no acudir si se sufren hasta que no lo haya valorado el médico, algo que también han de hacer los contactos estrechos.

Para el transporte y movilidad, es preceptivo el uso de mascarilla, guardar las distancias y respetar una serie de medidas de ocupación de vehículos y de limpieza de los mismos.

En cuanto a la prevención, se insta a las empresas a evaluar el riesgo de exposición de sus trabajadores, lo que se debe incluir en el Plan de Prevención, que será acorde al tipo de explotación agropecuaria.

Respecto a la formación e información de las medidas preventivas, se destaca la importancia de ambos ámbitos. Se trata de hacer llegar y facilitar la compresión de los mensajes.

Además, se dan pautas de higiene, que incluyen consejos sobre lavados de manos, higiene respiratoria, distanciamiento físico y compartir objetos y alimentos. Asimismo, se recomienda una serie de medidas de limpieza, desinfección y ventilación.

También recoge la adopción de una serie de medidas para la gestión de residuos, incluyendo instrucciones específicas para los residuos de los trabajadores que presenten síntomas.

Respecto a cómo organizar el trabajo, las medidas recomendadas hablan, entre otras, de los accesos a las explotaciones, la colocación de carteles informativos, la evaluación de trabajadores sensibles a la infección por coronavirus, la planificación de las labores para que se pueda mantener la distancia de seguridad –o las alternativas de protección adecuadas si no se puede-, así como el uso de equipos de protección individual, la recomendación de escalonar horarios de entrada y salida y la de evitar el acceso de personal ajeno a la empresa.

La Guía hace referencia específica a los trabajos en el campo, con recomendaciones ya recogidas en los puntos anteriores, pero adaptadas a ese tipo de trabajo concreto. Como ejemplo, se recomienda que los trabajadores acudan con ropa de trabajo desde sus domicilios o dotar a los mismos de equipos de protección individual, entre otros.

Otro punto de la guía hace hincapié en las obligaciones por parte del empresario a la hora de colaborar con la inspección de trabajo y seguridad social. Los inspectores de trabajo vigilarán y requerirán el cumplimiento por parte del empresario de las medidas de salud pública en los centros de trabajo y el empresario debe colaborar.


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